Presidente de España
El Gobierno está formado por el Presidente del Gobierno y los Ministros; el Presidente del Gobierno tiene la dirección general de los Ministros y puede nombrar o cesar sus nombramientos libremente y todos ellos pertenecen al órgano supremo de decisión, conocido como Consejo de Ministros. El Gobierno es responsable ante el Parlamento (Cortes Generales), y más concretamente ante el Congreso de los Diputados, órgano que elige al Presidente del Gobierno o lo destituye mediante una moción de censura. Y es que España es un sistema parlamentario establecido por la Constitución de 1978.
Su regulación fundamental se encuentra en el Título IV de la Constitución, así como en el Título V de la misma, en cuanto a su relación con las Cortes Generales, y en la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno. Según el artículo 97 de la Constitución y el artículo 1.1 de la Ley del Gobierno, «el Gobierno dirige la política interior y exterior, la administración civil y militar y la defensa del Estado. Ejerce la función ejecutiva y la reglamentaria de acuerdo con la Constitución y las leyes».
Parlamento de España
La Constitución española de 1978 restableció[1][nota 1] una monarquía constitucional como forma de gobierno para España tras el fin del régimen franquista y la restauración de la democracia en 1977. La Constitución de 1978 afirmó el papel del Rey de España como personificación viva y encarnación del Estado español y símbolo de la unidad y permanencia perdurable de España, además de ser investido como «árbitro y moderador» de las instituciones del Estado español[2][4] Constitucionalmente, el rey es el jefe del Estado y comandante en jefe de las Fuerzas Armadas españolas. [2] [4] La Constitución codifica el uso de los estilos y títulos reales, las Prerrogativas Reales, la sucesión hereditaria a la corona, las indemnizaciones y la contingencia de la regencia-tutela en casos de minoría de edad o incapacidad del monarca. [Según la Constitución, el monarca tiene también la función de promover las relaciones con las «naciones de su comunidad histórica»[2][4] El Rey de España es el presidente de la Organización de Estados Iberoamericanos, que supuestamente representa a más de 700.000.000 de personas de veinticuatro naciones miembros en todo el mundo[5][6].
El gobierno local en España
Extensión territorial Imperio españolAprobada19 de marzo de 1812Aprobada12 de marzo de 1812Firmada porPresidente de las Cortes de Cádiz174 diputados4 secretariosEn vigor19 de marzo de 1812 (primera vez)1 de enero de 1820 (segunda vez, de facto)1836 (tercera vez, de facto)Derogada4 de mayo de 1814 (primera vez)Abril de 1823 (segunda vez)18 de junio de 1837 (tercera vez)
Cuando el rey Fernando VII volvió al poder en 1814, disolvió las Cortes y derogó la Constitución, restableciendo la monarquía absoluta. La constitución fue restablecida durante el Trienio Liberal (1820-1823) y de nuevo en 1836-1837 mientras los progresistas preparaban la Constitución de 1837. Fue un importante modelo para las constituciones posteriores en España y en Hispanoamérica[5].
Hasta la invasión napoleónica de España en 1808, Fernando VII gobernó como monarca absoluto. Napoleón forzó la abdicación de Fernando, así como la renuncia a los derechos de su padre Carlos IV, y luego colocó a su hermano José Bonaparte en el trono de España.
Buscando crear legitimidad para José I de España, Napoleón convocó a las Cortes, cuyos delegados había seleccionado, para proclamar a José como monarca legítimo. Las Cortes aprobaron entonces la Constitución de Bayona al estilo francés y convocaron unas Cortes con 172 miembros, de los cuales 62 debían ser de Hispanoamérica. Debía haber un Consejo de Estado con una sección para Las Indias, nombre que España seguía utilizando para designar a Hispanoamérica y Filipinas, que estarían bajo el control de españoles nacidos en América y en Filipinas[6] A pesar de estos intentos formales de legitimar el gobierno de José Bonaparte mediante el consentimiento de las Cortes, fue rechazado por los españoles de la península y de Hispanoamérica y Filipinas. Tuvo gran importancia, ya que «desencadenó un proceso que condujo al colapso del imperio español». El régimen napoleónico en Madrid forzó dos cuestiones: la relativa libertad de las colonias para seguir sus propios asuntos, y los derechos de representación en las asambleas imperiales»[7].
Gobierno de España
El gobierno local en España se refiere al gobierno y la administración de lo que la Constitución llama «entidades locales», que son principalmente municipios, pero también grupos de municipios incluyendo provincias, áreas metropolitanas, comarcas y mancomunidades y grupos sub-municipales conocidos como entidades locales menores (español: Entidad de Ámbito Territorial Inferior al Municipio)[1].
La administración de estas entidades está a cargo, en su mayoría, de un consejo, cada uno de los cuales tiene un nombre y un régimen diferente. Estos ayuntamientos pueden considerarse en su conjunto como una tercera esfera (o nivel) de gobierno, siendo la primera el Estado (España) y la segunda (los gobiernos regionales)[2][3].
Por diversas razones, el gobierno local es heterogéneo, no está distribuido de forma equilibrada en el territorio nacional,[4] implica duplicidad de servicios[5] e incluso ha sido calificado de disfuncional[6] Aunque España se adhiere a la Carta Europea de Autonomía Local, se declara no vinculada en toda su extensión por la exigencia de elección directa de todas las autoridades de gobierno local[7]. [7]